lunes, 8 de septiembre de 2008

Derecho internacional Humanitario "Derechos y Deberes del Ser Humano"


El derecho internacional humanitario es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también derecho de la guerra y derechos de los conflictos armados.

El DIH es parte del derecho internacional, que regula las relaciones entre los estados. Esta firmado por los estados, denominados tratados o convenios por el derecho consuetudinario internacional que se compone a su vez de la práctica de los estados que estos reconocen como obligatoria, así como por principios generales del derecho.
El DIH se aplica en situaciones de conflicto armado. No determina si un estado tiene o no tiene derecho a recurrir a la fuerza. Esta cuestión esta regulada por una importante parte pero distinta del DIH, que figura en la carta de las naciones unidas.
De donde proviene el derecho internacional humanitario?
El origen de DIH se remonta a las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones la guerra siempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres.
La codificación del DIH a nivel universal comenzó en el siglo XIX. Desde entonces los estados han aceptado un conjunto de normas basado en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las exigencias militares de los estados.
En la misma medida que a crecido la comunidad internacional, ha aumentado el numero de estados que han contribuido en el desarrollo del DIH. Actualmente este puede considerarse como un derecho verdaderamente universal.

Donde se encuentra el derecho internacional humanitario?
El DIH se encuentra esencialmente contenido en los cuatro convenios de ginebra de 1949, en el que son parte casi todos los estados. Estos convenios se complementaron con otros dos tratados: los protocolos adicionales de 1977 relativos a la protección de las victimas de los conflictos armados.
Hay asimismo otros textos que prohíben el uso de ciertas armas y tácticas militares o que protegen a ciertas categorías de persones o de bienes. Son principalmente:

· La convención de la haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos protocolos

· La convención de 1974 sobre armas bacteriólogas

· La convenciones 1980 sobre ciertas armas convencionales y sus cinco protocolos

· La convención de 1993 sobre armas químicas

· El tratado de Ottawa de 1997 sobre minas antipersonal

· El protocolo facultativo de la convención de los derechos de los niños relativo de la participación de los niños en el conflicto armado.

Ahora se aceptas muchas disposiciones del DIH como derecho consuetudinario, es decir, como normas aplicables a todos los estados.
Derechos Humanos

Los derechos humanos: Son, de acuerdo con diversas filosofías jurídicas, aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos ]que incluyen a toda persona, por el mero hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.

como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.


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